Biblioteca "Raúl Baillères Jr."
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Reglamento de servicios bibliotecarios




Misión de la Biblioteca

Proporcionar servicios bibliotecarios de calidad a la comunidad ITAM, para la satisfacción de sus necesidades de información. Para ello, se adquiere, procesa y se pone a su disposición la bibliografía adecuada para apoyar los objetivos de docencia, investigación y extensión universitaria, en concordancia con la Misión del Instituto.



Título I: Disposiciones generales

Artículo 1. Podrán hacer uso de los servicios de la biblioteca, previa identificación, tanto usuarios internos como externos:

a) Usuarios internos: son los alumnos, los tesistas, funcionarios, empleados académicos, administrativos y de servicios del Instituto.
b)

Usuarios externos, son los ex alumnos del ITAM y las Instituciones con quienes de ha establecido un convenio de préstamo interbibliotecario.



Título II: De los servicios

Artículo 2. La Biblioteca ofrece los siguientes servicios:

  1. Préstamo en sala, es la consulta de los documentos en el recinto de la biblioteca.
  2. Préstamo a domicilio,es la autorización que se otorga al usuario interno (incluidos tesistas acreditados1), ex alumnos acreditados2 en la biblioteca y a las instituciones con convenio de préstamo interbibliotecario, previa identificación, para llevar fuera de la biblioteca, por tiempo determinado, los documentos de las colecciones abiertas que requiere utilizar.
  3. Préstamo interbibliotecario, facilita al usuario interno la consulta de documentos que pertenecen al acervo de otras bibliotecas.
  4. Recuperación de Información, que tiene como finalidad orientar y auxiliar a los usuarios en el uso de los recursos y servicios de la biblioteca, incluyendo el acceso a bancos de información
  5. Hemeroteca, ofrece, dentro de la biblioteca, la consulta de periódicos y revistas de circulación nacional e internacional.
  6. Catálogo automatizado, llave de acceso a la información almacenada en los acervos de la biblioteca, se puede consultar en nuestras instalaciones o a través de http://www.biblioteca.itam.mx/ opción <Catálogo>.
  7. Salas para audiovisual y para estudio en grupo,para realizar trabajos en equipo o para la consulta grupal e individual de audiovisuales. Se presta a los usuarios internos previa solicitud en el módulo de préstamo y devolución.

Artículo 3. Los usuarios deben identificarse con los siguientes documentos:

a) Usuarios internos. Con su credencial vigente del ITAM.
b)

Usuarios externos. Para ingresar al Instituto presentar su identificación oficial vigente.

Artículo 4. Para obtener cualquiera de los servicios mencionados en el artículo anterior, la biblioteca tiene los siguientes horarios:

Unidad de Servicios Río Hondo:
Lunes a Viernes de 7:30 a 21:30
Sábados de 8:30 a 12:30
       Horarios extraordinarios cada fin de semestre por el uso de salas de estudio en grupo.

Sala de lectura en Santa Teresa:
Lunes a Viernes de 15:00 a 21:30
Sábados de 8:30 a 12:30



Título III: De las colecciones

Artículo 5. La Biblioteca tiene un acervo documental distribuido en las siguientes colecciones:

Acervo general
INEGI
Archivo de empresas
ITAM
Archivo temático
José Luis Lamadrid Sauza
Audiovisuales
Luis Montes de Oca
Bibliografía Antigua
Miguel Palacios Macedo
Consulta
Oficiales
Didácticos
Rudiger Dornbusch
Hemeroteca (periódicos y revistas)
Series
IEIE
Tesis

Artículo 6. Los documentos que pueden obtenerse en préstamo a domicilio son los que integran las colecciones de: Acervo General, consulta, IEIE, INEGI, oficiales y tesis ().

Artículo 7.
Los documentos que integran las siguientes colecciones no se prestan a domicilio: archivo de empresas, archivo temático, audiovisuales, bibliografía antigua, didácticos, hemeroteca (periódicos y revistas), ITAM, José Luis Lamadrid Sauza, Luis Montes de Oca, Miguel Palacios Macedo, Rudiger Dornbusch y series.

Artículo 8. El servicio de préstamo interno se otorga a todos los usuarios de la biblioteca en su modalidad de estantería mixta, es decir, que el usuario puede tomar por sí mismo las obras de la estantería abierta y las obras de la estantería cerrada deben ser solicitadas a los bibliotecarios.

Artículo 9. Todo documento que salga de la biblioteca deberá estar debidamente registrado para ser objeto de préstamo a domicilio. Para efectuar el trámite en el módulo de préstamo y devolución es indispensable presentar la credencial que le acredite como usuario vigente.

Artículo 10. Los documentos que se prestan a domicilio se sujetan a los siguientes períodos de préstamo:

Colección Tipo de usuario Periodo
de préstamo
Condiciones especiales de préstamo
1. Acervo general
2. IEIE
3. Tesis

Alumnos, empleados administrativos y de servicios del Instituto
2 semanas
 
Empleados académicos y funcionarios
2 semanas
Mantener en préstamo a domicilio los documentos que requieran por el periodo de un semestre. Condicionado a que los documentos permanezcan en el ITAM para que en caso de ser necesario, otro usuario pueda efectuar una consulta rápida.
Tesistas
2 semanas
Mantener en préstamo a domicilio los documentos que requieran de los cuales 10 se les prestarán por un periodo de 4 semanas.
Ex alumnos, alumnos de diplomado e Instituciones con convenio de préstamo interbibliotecario
2 semanas
"Máximo 10 documentos en préstamo a domicilio.
4. Consulta
5. INEGI
6. Oficiales
Todos los tipos de usuario
2 días
 
Los documentos del acervo general en "estado de reserva3" sólo se prestan por 2 días.

Artículo 11. Los préstamos son personales e intransferibles, por lo que quién los solicite se hace responsable del buen trato y devolución de los documentos o se hace acreedor a la multa correspondiente4.

Artículo 12. Al recibir un préstamo verifique el estado físico de los documentos, puesto que usted es responsable por cualquier daño o deterioro que puedan sufrir.

Artículo 13. Es obligación de todo usuario devolver los documentos en buenas condiciones y en la fecha y hora señaladas, o se hará acreedor a una sanción económica5.

Artículo 14. La renovación de un préstamo se otorgará al mismo usuario únicamente si el documento no ha sido reservado por otro usuario. La solicitud puede hacerse personalmente en el módulo de préstamo y devolución o desde http://www.biblioteca.itam.mx/ opción <Catálogo> opción <Mi cuenta>.

Artículo 15. En caso de que el documento que el usuario requiera esté prestado, se podrá solicitar la reservación del mismo para que cuando sea devuelto se ponga a su disposición. Únicamente se reservan documentos prestados.

El usuario deberá recoger el documento reservado en la fecha que se le indique o se cancela su reservación.

Artículo 16. El servicio de consulta de bases de datos en línea o en disco compacto se proporciona exclusivamente a los usuarios internos.

Artículo 17. Para la consulta a bases de datos, en línea o en disco compacto, es necesario presentar identificación ITAM vigente y no tener sanciones. El usuario debe traer consigo un dispositivo de almacenamiento para llevar consigo los resultados de la búsqueda ya que NO se imprimen resultados.

Artículo 18. Se dispone de auto servicio de copiado, considerando lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, conforme a la cual, no se violan los derechos del autor cuando se hace "reproducción por una sola vez, y en un solo ejemplar, de una obra literaria o artística, para uso personal y privado de quién la hace y sin fines de lucro". (LFDA. Art. 148, numeral iv)

Artículo 19. Préstamo de cubículos y salas.

a) Cubículos y salas de video individuales. Solicite el préstamo de los cupones en el módulo de préstamo y devolución el mismo día en que los va a utilizar.
b)

Salas de video y sala de juntas. Sólo para profesores. Reserve presentándose en el módulo de préstamo y devolución con al menos 48 horas de anticipación.

Artículo 20. El equipo para reproducción de audiovisuales sólo es para uso interno.



Título IV: Del comportamiento de los usuarios

Sin excepción, los usuarios de la biblioteca deberán observar las siguientes disposiciones:

Artículo 21. Cuando sea requerido por el personal de la biblioteca, mostrar la identificación indicada en el artículo 3°.

Artículo 22. Respetar la Biblioteca, no dañando las instalaciones, el mobiliario, el equipo, los documentos ni los sistemas de seguridad y control.

Artículo 23. Contribuir a mantener un ambiente propicio para el estudio, evitando gritar, fumar, ingerir alimentos y/o bebidas. Abstenerse de utilizar aparatos electrónicos que alteren el ambiente de estudio (ej. celular, radios, reproductores de música, etcétera).

Artículo 24. Colocar los documentos utilizados, en los carritos transportadores destinados a este fin.

Artículo 25. Por seguridad de las colecciones, si se le requiere al salir de la biblioteca, el usuario debe mostrar los documentos de la biblioteca que lleve consigo, así como el contenido de sus bolsas, portafolios, mochilas, etcétera.



Título V: De las sanciones

Artículo 26. Las sanciones se aplican por igual a todos los usuarios de la biblioteca.

Artículo 27. Por cada documento no devuelto en la fecha de vencimiento del préstamo, el usuario deberá cubrir una sanción económica de acuerdo a la tarifa vigente6 en el momento de la devolución.

Artículo 28. El usuario que tenga en su poder documentos cuyo período de préstamo haya expirado, debe devolverlos y pagar la multa7 antes de solicitar nuevos préstamos.

Artículo 29. En caso de pérdida, deterioro o mutilación8 del documento, el usuario debe efectuar la reposición del mismo o cubrir el valor actual del documento, además de pagar los costos que derivan del procesamiento técnico, y en su caso, de la encuadernación.

Artículo 30. Si el usuario viola alguna de las normas de comportamiento establecidas en el título IV de este Reglamento, será suspendido de todos los servicios por un período acorde a la magnitud de la falta cometida que establecerá la Dirección de Servicios Bibliotecarios. Si reincidiera en la falta se le suspenderá definitivamente el derecho a los servicios.

Artículo 31. El usuario que intente llevarse algún documento sin autorización, será suspendido definitivamente de todos los servicios bibliotecarios y el caso será remitido a la Dirección Escolar, en donde se determinará la sanción Institucional.

Artículo 32. Al usuario que provoque falsas alarmas al abrir las puertas de emergencia se le suspenderán los servicios durante el semestre vigente. A los reincidentes se les suspenderán los servicios definitivamente.

Artículo 33. Los imprevistos que no estén contemplados en este reglamento, serán resueltos por la Dirección de la Biblioteca.



Título VI: Transitorios

Primero. El presente Reglamento fue presentado a la Junta de Gobierno, quien en su sesión del 25 de febrero de 1998 lo aprobó y lo puso en vigor a partir del día 26 del mismo mes y año.

Segundo. Queda derogada cualquier disposición que se oponga al presente Reglamento.




1 Llenar el formulario "Autorización para el Uso de los Servicios de Biblioteca y Centro de Cómputo", entregarlo en el módulo de préstamo y devolución, identificándose con credencial vigente del ITAM, credencial oficial o pasaporte. El formulario y las instrucciones están disponibles en http://escolar.itam.mx/lics_control/formatos_tramites.html

2 Llenar el formulario "Solicitud de registro de usuario", en http://biblioteca.itam.mx/ opción: <Formulario "solicitud de registro de usuario"> y entregarlo en el módulo de préstamo y devolución, identificándose con su identificación oficial, credencial vigente de la Asociación de Ex alumnos del Instituto, la fotocopia de la identificación oficial de su aval y la carta del mismo. La carta debe renovarse en enero de cada año.

4, 5, 6 y 7 Véase folleto "Sanciones" disponible en la biblioteca o a través de www.biblioteca.itam.mx

8 Mutilar: (del lat. mutilare) tr. Cortar o quitar una parte o porción de algo que de suyo debiera tenerlo. Entiéndase por mutilar: romper intencionalmente una o más hojas, gráficos o ilustraciones a un documento; romper, descoser y/o quitar la cubierta o encuadernación, o parte de ella aun documento. Fuente: Diccionario de la lengua española. [En línea]:
< http://buscon.rae.es> [consulta: 21/02/11: 19:16]
La mutilación intencional equivale a falta de probidad y se sanciona por el Reglamento Escolar.

http://biblioteca.itam.mx

INFORMES:
biblioteca@itam.mx


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