Proporcionar servicios bibliotecarios de calidad a la comunidad ITAM, para la satisfacción de sus necesidades de información. Para ello, se adquiere, procesa y se pone a su disposición la bibliografía adecuada para apoyar los objetivos de docencia, investigación y extensión universitaria, en concordancia con la Misión del Instituto.
Podrán hacer uso de los servicios de la biblioteca, previa identificación, tanto usuarios internos como externos:
La Biblioteca ofrece los siguientes servicios:
Los usuarios deben identificarse con los siguientes documentos:
Para obtener cualquiera de los servicios mencionados en el artículo 2, la Biblioteca tiene los siguientes horarios:
La Biblioteca tiene un acervo documental distribuido en las siguientes colecciones:
Los documentos que pueden obtenerse en préstamo a domicilio son los que integran las colecciones de: Acervo general, Artísticos, Consulta, IEIE, INEGI, Libros muy grandes, Oficiales y Series ().
Desde 2017, la colección Tesis sólo se consulta en línea desde el catálogo con su clave única y contraseña de biblioteca.
Los documentos que integran las siguientes colecciones no se prestan a domicilio: Archivo de empresas, Archivo temático, Audiovisuales, Bibliografía antigua, Hemeroteca (periódicos y revistas), ITAM, José Luis Lamadrid Sauza, Luis Montes de Oca, Mapas, Martin Feldstein, Miguel Palacios Macedo y Rudiger Dornbusch ().
El servicio de préstamo interno se otorga a todos los usuarios de la biblioteca en su modalidad de estantería mixta, es decir, que el usuario puede tomar por sí mismo las obras de la estantería abierta y las obras de la estantería cerrada deben ser solicitadas a los bibliotecarios.
Todo documento que salga de la biblioteca deberá estar debidamente registrado para ser objeto de préstamo a domicilio. Para efectuar el trámite en el módulo de préstamo y devolución es indispensable presentar la credencial que le acredite como usuario vigente.
Los documentos que se prestan a domicilio se sujetan a los siguientes períodos de préstamo:
Colección | Tipo de usuario | Periodo de préstamo |
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Alumnos, empleados administrativos y de servicio del Instituto | 2 semanas |
Académicos [2] | ||
Tesistas [3] | ||
Alumnos de diplomado e Instituciones con convenio de préstamo bibliotecario [4] | ||
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Todos los usuarios | 1 semana |
Los préstamos son personales e intransferibles, por lo que quién los solicite se hará responsable del buen trato y devolución de los documentos o se hace acreedor a la multa correspondiente [6].
Al recibir un préstamo el usuario deberá verificar el estado físico de los documentos, puesto que usted es responsable por cualquier daño o deterioro que puedan sufrir.
Es obligación de todo usuario devolver los documentos en buenas condiciones y en la fecha y hora señaladas, o se hará acreedor a una sanción económica
La renovación de un préstamo se otorgará al mismo usuario únicamente si el documento no ha sido reservado por otro usuario. La solicitud puede hacerse personalmente en el módulo de préstamo y devolución o desde http://biblioteca.itam.mx opción Catálogo opción Mi Cuenta.
En caso de que el documento que el usuario requiera esté prestado, se podrá solicitar la reservación del mismo para que cuando sea devuelto se ponga a su disposición. Únicamente se reservan documentos prestados.
El usuario deberá recoger el documento reservado en la fecha que se le indique o se cancela su reservación.
El servicio de consulta de bases de datos se proporciona exclusivamente a los usuarios internos.
Para la consulta a bases de datos, es necesario presentar identificación ITAM vigente y no tener sanciones. El usuario debe traer consigo un dispositivo de almacenamiento para llevar consigo los resultados de la búsqueda ya que NO se imprimen resultados.
Se dispone de auto servicio de copiado, considerando lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, conforme a la cual, no se violan los derechos del autor cuando se hace “reproducción por una sola vez, y en un solo ejemplar, de una obra literaria o artística, para uso personal o privado de quién la hace y sin fines de lucro”. (LFDA. Art. 148, numeral IV).
Préstamo de cubículos y salas:
El equipo para reproducción de audiovisuales sólo es para uso interno. No se permite equipo adicional al equipamiento de las salas.
Sin excepción, los usuarios de la biblioteca deberán observar las siguientes disposiciones:
Cuando sea requerido por el personal de la biblioteca, mostrar la identificación indicada en el artículo 3.
Respetar la Biblioteca, no dañando las instalaciones, el mobiliario, el equipo, los documentos ni los sistemas de seguridad y control.
Contribuir a mantener un ambiente propicio para el estudio, evitando gritar, fumar, ingerir alimentos y/o bebidas. Abstenerse de utilizar aparatos electrónicos que alteren el ambiente de estudio (ej. celular, radios, reproductores de música, etcétera).
Colocar los documentos utilizados, en los carritos transportadores destinados a este fin.
Por seguridad de las colecciones, si se le requiere al salir de la biblioteca, el usuario debe mostrar los documentos de la biblioteca que lleve consigo, así como el contenido de sus bolsas, portafolios, mochilas, etcétera.
Las sanciones se aplican por igual a todos los usuarios de la biblioteca.
Por cada documento no devuelto en la fecha de vencimiento del préstamo, el usuario deberá cubrir una sanción económica de acuerdo a la tarifa vigente [9] en el momento de la devolución.
El usuario que tenga en su poder documentos cuyo período de préstamo haya expirado, debe devolverlos y pagar la multa [10] antes de solicitar nuevos préstamos.
En caso de pérdida, deterioro o mutilación [11] del documento, el usuario debe efectuar la reposición del mismo o cubrir el valor actual del documento, además de pagar los costos que derivan de proceso técnico, y en su caso, de la encuadernación.
Si el usuario viola alguna de las normas de comportamiento establecidas en el título IV de este reglamento, será suspendido de todos los servicios por un período acorde a la magnitud de la falta cometida que establecerá la Dirección de Servicios Bibliotecarios. Si reincide en la falta le será suspendido definitivamente el derecho a los servicios y el caso será remitido a la Dirección Escolar, en donde se determinará la sanción Institucional.
El usuario que intente llevarse algún documento sin autorización, será suspendido definitivamente de todos los servicios bibliotecarios y el caso será remitido a la Dirección Escolar, en donde se determinará la sanción institucional.
Al usuario que abra las puertas de emergencia sin razón, que mueva el mobiliario, que haga mal uso del mobiliario, el equipo, las instalaciones, los sistemas de seguridad y control, se le suspenderán los servicios durante el semestre vigente. A los reincidentes se les suspenderán los servicios definitivamente y el caso será remitido a la Dirección Escolar, en donde se determinará la sanción institucional.
Los imprevistos que no estén contemplados en este reglamento serán resueltos por la Dirección de Servicios Bibliotecarios.
El presente Reglamento fue presentado a la Junta de Gobierno, quien en su sesión del 25 de febrero de 1998 lo aprobó y lo puso en vigor a partir del día 26 del mismo mes y año.
Queda derogada cualquier disposición que se oponga al presente Reglamento.
INFORMES:
biblioteca@itam.mx
Llenar el formulario “Autorización para el Uso de los Servicios de Biblioteca y Centro de Cómputo”, entregarlo en el módulo de préstamo y devolución, identificándose con credencial vigente del ITAM, credencial oficial o pasaporte. El formulario y las instrucciones están disponibles en http://escolar.itam.mx/lics_control/formatos_tramites.html.
Los académicos podrán tomar en préstamo a domicilio los documentos que requieran por el periodo hasta de un semestre, siempre que el documento no sea de reserva, condicionado a que los documentos permanezcan en el ITAM para que en caso de ser necesario, otro usuario pueda efectuar una consulta rápida.
En estado de reserva se encuentran aquellos documentos que los profesores han seleccionado como texto obligatorio.
Existen dos categorías del estado de reserva, bajo las cuales se clasifican los diferentes ejemplares de un mismo título:
Véase folleto “Sanciones” disponible en la biblioteca o a través de https://biblioteca.itam.mx opción ¿Cómo utilizar la biblioteca?.
Mutilar:
(del lat. Mutilare) tr. Cortar o quitar una parte o porción de algo que de suyo debiera tenerlo.
Entiéndase por mutilar: romper intencionalmente una o más hojas, gráficos o ilustraciones a un documento; romper, descoser y/o quitar la cubierta o encuadernación, o parte de ella a un documento.
Fuente:
Real Academia Española. Diccionario de la Lengua Española. -22. Ed. Madrid: Espasa-Calpe, 2001. Diccionario de la lengua española. [En línea]: http://www.rae.es [Consulta: 21/02/14: 14:17].
La mutilación intencional equivale a falta de probidad y se sanciona por el Reglamento Escolar.